A menudo se nos pregunta sobre si nuestra formación es subvencionada o bonificada. Bien, son términos diferentes que hacen referencia a conceptos distintos. Hoy queremos resolver este tipo de dudas, para que puedas elegir con fundamento el tipo de formación que mejor se adapte a tus necesidades y a las de tu empresa. Empezaremos explicando los dos conceptos y sus diferencias:

Formación subvencionada

Es la formación en la que los trabajadores participan de forma individual, sin la necesaria participación de las empresas. Impartida generalmente por organizaciones sindicales, empresariales, organizaciones de autónomos o en algunas ocasiones por centros de formación privados cualificados. Si se cumple con los requisitos de acceso, este tipo de formación resulta totalmente gratuita.

Formación bonificada o programada

La formación bonificada es también conocida como formación programada o de demanda. En este tipo de formación, son las empresas u organizaciones las que deciden el tipo de formación que van a recibir los trabajadores. Para ello, se establece un crédito, la cuantía del cual se calcula en función de la cuota de formación del año anterior a la solicitud. Es decir, cualquier empresa que tenga al menos un trabajador que cotice en la seguridad social por este concepto, tiene derecho a obtener una cuota anual para realizar formación a sus trabajadores. 

El coste del curso formativo, será anticipado por la empresa, que recuperará la cantidad invertida a través de bonificaciones, siempre que los empleados acaben la formación con éxito.


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Principales diferencias:


  • Acceso: Para acceder a formación subvencionada, existen unos requisitos impuestos por las administraciones públicas. En cambio, en la formación bonificada, los funcionarios y los desempleados no pueden acceder, ya que es exclusiva para trabajadores de empresas en activo.
  • Financiación: Mientras que la formación subvencionada está financiada con dinero público, es decir, el usuario no va a pagar en el momento de realizarla, en la bonificada no es así. En función del tamaño de la empresa y del cálculo de la cuota de formación, la empresa deberá asumir una parte de la formación bonificada.
  • Gestión de la formación: En el caso de la formación bonificada, es la misma empresa quien decide si llevarla a cabo o no, así como el tipo de formación a realizar. En la subvencionada en cambio, es el propio individuo quien decide si realizarla, y el responsable de los trámites necesarios para este fin.
  • Realización: Para acceder a una formación subvencionada, únicamente debes preocuparte de cumplir con los requisitos, y la empresa en la que uno trabajas no tiene ningún poder de decisión al respecto. Es más, ni siquiera es necesario informar a la empresa de que vas a realizar la formación. En el caso de la formación bonificada, esta se realiza en el ámbito laboral, por lo que la empresa estará siempre al corriente de su duración, participantes y temario.

En el contexto actual, en el que el teletrabajo se está imponiendo a la fuerza en muchas empresas, es más necesaria que nunca una formación continuada, o al menos, de forma regular. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) evolucionan rápidamente, y para estar al día y conocer las nuevas herramientas y procedimientos que van surgiendo, se necesita estar en constante aprendizaje. 

La formación debe considerarse como una doble inversión; para la empresa, y para la persona formada

A menudo puede resultar tedioso para el trabajador, tener que formarse para seguir haciendo el trabajo que ya tenía por la mano un tiempo atrás. Pero sin el apoyo de un equipo con el que trabajar codo a codo (literalmente), la formación se vuelve esencial. Muchos empleados no van a optar por formarse en sus horas de ocio para seguir siendo eficientes y competitivos, y la formación de tu equipo puede marcar la diferencia entre ganar más, o estancarse y retroceder. En este contexto, la formación bonificada es una excelente opción para las empresas, que obtienen los beneficios de tener a un equipo formado y motivado, y a la vez pueden optar a las bonificaciones.


¿Sabes cómo bonificarte? Te lo explicamos paso a paso


Infografía sobre los pasos para la formación bonificada
Fuente: Fundación Estatal para la Formación en el Empleo

1- Calcula tu crédito: La cuantía de la que dispone tu empresa para formar a tus trabajadores, se calcula en función de lo cotizado por formación profesional y de los trabajadores que tengas en plantilla. Para calcular tu crédito disponible, puedes utilizar el simulador de cálculo de crédito de FUNDAE, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.



Si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores, puedes acumular el crédito que no consumas en el presente ejercicio para los dos siguientes. Para hacerlo, debes marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio

2- Date de alta en la aplicación: La gestión de las bonificaciones a empresas se realiza a través de la aplicación de FUNDAE. Las empresas tienen la opción de delegar estos trámites a una entidad organizadora, u organizarse para crear un grupo de empresas con un único organizador.



3- Informa a la representación legal de los trabajadores (RLT): Para ello, deberás aportar la información relativa a la denominación, descripción y objetivos de la formación, el calendario previsto, los medios pedagógicos y el lugar de realización. El/la RLT tendrá quince días para dar una respuesta, con la opción a quince días más si existen discrepancias. Si estas persisten, se tendrá en cuenta la posibilidad de una mediación por parte de FUNDAE.

4- Comunica el inicio del curso, a través de la aplicación.

5- Realiza la formación: La formación ha de ser gratuita para el trabajador, y su duración no puede ser inferior a dos horas. Tampoco puede superar las ocho horas diarias, a no ser que se realice en un solo día. Se debe completar el modelo de control de asistencia. Al terminar el curso, en un plazo máximo de dos meses hay que entregar a los participantes un certificado de finalización.

6- Comunica la finalización del curso: Para que se aplique la bonificación, hay que comunicar, a través de la aplicación, la finalización del curso. Esta comunicación se debe realizar antes de la presentación del boletín de cotización de diciembre. En concreto deberás informar de los participantes que han finalizado la formación, los costes del curso y la cuantía y el mes en el que te vas a bonificar.



7- Bonifica la formación: Una vez hayas comunicado el fin de la formación, puedes aplicar la bonificación por formación en los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social hasta la presentación del boletín del mes de diciembre. Para conocer los detalles de las bonificaciones, puedes consultar la Guía para la aplicación de las bonificaciones por formación

8- Consulta el resultado: De nuevo a través de la aplicación, puedes consultar tus datos referentes a los resultados de las bonificaciones practicadas. Si la comprobación de los datos aportados resulta no conforme en la comprobación de FUNDAE, recibirás una notificación indicando los motivos, disponiendo de un plazo de diez días para alegaciones.


Para organizar la formación bonificada o programada, como empresario tienes varias opciones; Organizarla des de la propia empresa, contratar una empresa externa para impartirla y organizarla, u optar por un modelo mixto. Cualquier de ellas es buena, ya que implica mejora, crecimiento y actualización. 

¡No te quedes atrás! ¡Adelanta a tu competencia formando a tu equipo!


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